Patentar marca un paso lento

01 mar 2005

La primera patente de la que se tiene noticiase concedió en Inglaterra en 1449.Correspondía a un nuevo método de fabricación de vidrio tintado. En España, los reyes empezaron a conceder a los inventores las llamadas"Reales Cédulas de Privilegio de Invención"a partir del siglo XVI. Con estos precedentes, la primera patente que se registró en España datad el 27 de marzo de 1826. La solicitó un soldado del ejército francés residente en Madrid, y describía la invención de un molino harinero.

Este método de protección de las invenciones consistente en impedir a otros su explotación comercial o industrial se generalizó en los países industrializados en el siglo XVIII y se armonizó hacia finales del XIX. Si en sus inicios era un sistema utilizado por los inventores prácticamente en exclusiva, con el tiempo ha pasado a ser imprescindible en las empresas de gran calado y es uno de los pilares del comercio internacional. Es la única forma de rentabilizar la inversión en investigación y desarrollo (I+D) que cada año hace el sector industrial.

Con el paso del tiempo, la regulación de la propiedad de las invenciones se ha especializado,de manera que hay diferentes mecanismos de protección en función de si hablamos de un invento,del nombre de una marca, de un diseño o de una fórmula matemática. Antes de iniciar cualquier trámite, es importante informarse para averiguar qué modelo protege mejor nuestra invención. En las próximas líneas, detallamos algunas de las fórmulas más habituales, según recomienda la Oficina Española de Patentesy Marcas (OEPM ).

 

20 años de duración

El más común es la patente, que otorga a su titularla potestad y el derecho a emplear en exclusiva la invención en cuestión. Esto impide que otra persona o empresa pueda fabricar,vender o utilizar el producto sin que el titular esté de acuerdo con ello. La patente se puede referir a un procedimiento nuevo, aparato o producto, o bien a la mejora y perfeccionamiento de los mismos. Una patente tiene una duración de 20 años a partir de la fecha de la presentación de la solicitud. Transcurrido ese tiempo, ésta se pone a libre disposición de la sociedad.

Otro paraguas que protege las invenciones es el llamado modelo de utilidad. Este concepto es bastante más reciente, tiene una duración de diez años y se destina a invenciones de menor rango. Por ejemplo, se aplica en los casos enque se da a un objeto ya conocido una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica. Suelen ser dispositivos, instrumentos o herramientas que se caracterizan por ser útiles y prácticos, no tanto por su estética.

Esta modalidad es una particularidad de la legislación española en materia de propiedad industrial, dado que no existen conceptos similares al modelo de utilidad en otros países. Es el caso del pupitre plegable con sillita incluida o de la suela reforzada para una zapatilla.

La marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado. Las marcas son, por ejemplo, palabras, combinaciones de ellas, imágenes, figuras,símbolos, gráficos, letras, etc. Si se usa y se pagan las tasas, una enseña puede durar indefinidamente.

Fue un Real Decreto del año 1850 el que por primera vez legisló la concesión de los certificados de marcas, con la idea de que sus propietarios pudieran hacer valer sus derechos frente a los usurpadores. Un sistema parecido a la marca, pero que sirve a un sector muy específico, es el nombre comercial. Esta figura se separó de la de marca en 1902, y otorga el derecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación como identificador de una empresa en el tráfico mercantil, con el que el industrial o comerciante realiza sus transacciones.

En otras palabras, es el equivalente a la firma comercial. Los nombres comerciales tienen un ámbito de protección nacional y duran diez años. Más adelante,en 1929, se creó también el llamado rótulo de establecimiento, que protege a nivel local los signos distintivos destinados a la diferenciación de los establecimientos.

 

El secreto industrial

Aunque los agentes de la propiedad industrial recomiendan a las empresas de logística que patentenen la medida de lo posible sus productos y procedimientos, lo cierto es que en este sector se utiliza mucho más el contrato de licencia denominado know how, también conocido como secreto industrial. Consiste en mantener en secreto el método de trabajo para evitar su difusión.

Como explica la abogada y agente de la propiedad industrial Eva Sanz: "El know how no tiene por que ir asociado necesariamente a tecnología estrictamente industrial, como producto-maquinaria, sino que también puede hacer referencia a procedimientos, conocimientos comerciales, sistemas logísticos y de distribución, capacitación profesional del personal… En definitiva, todo aquello que pueda suponer ventajas competitivas para conseguir unos beneficios empresariales. Además, hay que tener en cuenta que en España no está permitido registrar como patente los métodos de negocio".

La ley garantiza el derecho a exigir una compensación económica a cualquier persona que, obligada a mantener ese secreto, fundamentalmente empleados por contrato, lo divulguen o lo usen en beneficio propio o de terceros. Aunque la patente otorga mucha más protección, bastantes empresas de este sector utilizan el know how, ya que es el único método que les permite mantener en secreto su sistema de trabajo. Las patentes obligan a hacer pública la invención, y eso es, precisamente, lo que menos interesa a este sector de la industria.

El know how funciona por contrato mercantil y laboral, algo que implica una serie de compromisos con la empresa. Por ello es importante cumplimentar las cláusulas de confidencialidad de los contratos.Entre la presentación de una solicitud de patente y su concesión suelen pasar entre dos y tres años, un proceso largo que tiene un precio aproximado de 600 euros en caso de la patente y de 150 en el supuesto del modelo de utilidad.

Si hay que registrar una marca o nombre comercial, habrá que retirar entre 142 y 286 euros de la cuenta corriente. Buena parte del dinero que cuesta la patente va destinado a pagar el llamado "Informe del Estado de la Técnica", una exhaustiva búsqueda en un fondo documental de 40 millones de documentos que sirve para diagnosticar la novedad de la patente solicitada.Sólo en ese caso se autoriza.

De hecho, según datos de la OEPM, únicamente se conceden un tercio de las solicitudes presentadas. Este hecho lo constata también Eva Sanz, para quien "el motivo más común de los procedimientos de nulidad de las patentes que no cumplen los requisitos básicos de esta figuraes la falta de novedad". Por ejemplo, uno delos errores que más cometen los inventores,según la Oficina Española de Patentes, es que publican su invención antes de patentarla. Un error que les puede salir muy caro.

 

Venta de las patentes

La Administración se escuda en este argumento para quienes dicen que se trata de un proceso largo y farragoso. La concesión de una patente tarda, como hemos visto, entre dos y tres años, de manera que el solicitante tiene tiempo de comprobar si hay auténticas perspectivas de comercializar e implantar en el mercado su invención.

Hay que pensar que las patentes normalmente no se las queda el titular, sino que las vende a una empresa que disponga de la logística e infraestructura necesarias para dar una salida comercial a la invención. Precisamente sobre este aspecto versan muchas de las dudas de particulares y empresas que buscan asesoramiento en el Centro de Patentes de la Universidad de Barcelona, que empezó a desempeñar esta función en 1987.

Una de las recomendaciones de Nuria Sans, técnico de este centro, es hacerse dos preguntas ante la posibilidad de solicitar una patente. La primera: "¿Tiene mi invención un interés real?", y la segunda: "¿Esviable comercializarla?" "Mucha gente creeque publicarán su invención en todas partes yque las empresas se disputarán la patente unavez se haga pública. Eso es un error, quien quiere patentar tiene que moverse antes, planificar su estrategia y plantearse a quién se lava a ofrecer", explica Sans.

Si el inventor da el primer paso y solicita definitivamentela patente, los 23 meses le servirán para buscar compradores. Mientras tanto, como propietario de la solicitud, goza del derecho de prioridad y por lo tanto de obtener rendimiento económico de la misma. Puede también exigir una indemnización razonable si alguien infringe el objeto de la patente.La experta explica que hay también mucha confusión sobre si lo que se quiere patentar requiere verdaderamente una patente o si debería ser una marca, un modelo industrial, un nombre comercial o un diseño. "En muchas ocasiones tenemos que preguntar qué es lo que se quiere proteger para averiguar qué modalidad hay que solicitar", comenta.

 

En busca de la patente comunitaria

En el caso de solicitar una marca o un nombre comercial, la OEPM indica que primero hay que asegurarse de que no se encuentran inscritos con anterioridad. Para ello se puede consultar el localizador de marcas de dicha organización. En caso de encontrarse una denominación idéntica y destinada a distinguir productos iguales, la solicitud puede ser denegada si el titular anterior se opone.

Después hay que buscar solicitudes o derechos anteriores que tengan semejanza fonética. Una vez cumplidos estos trámites ya se puede presentar la solicitud. El título se renueva a los diez años. En lo que al espacio europeo se refiere, Eva Sanz explica que "se está trabajando en la creación de la patente comunitaria, que serviría para integrar una única solicitud ante un único organismo, englobando a todos los países queintegran la Unión Europea. Pero la negociación está encallada. Sería similar a la marca comunitaria, que existe desde 1996 y se gestiona en Alicante donde se halla la Oficina Europea del mismo nombre. Su existencia reuniría todos los trámites en una ventanilla única".

Lo que de momento sí se puede solicitares la patente europea, en la Oficina Europea dePatentes. Esta modalidad agrupa a 28 países europeos: todas las naciones integrantes de la UE además de Suiza, Mónaco, Liechtenstein, Turquía, Rumanía y Bulgaria. Este proceso es menos ágil que la futura patente comunitaria, porque implica que la Oficina Europea tiene que pedir patentes a los países en los que el titular solicita protección.

 

Peleas en los tribunales

Hay muchas incidencias judiciales relacionadas con los modelos de protección de la propiedad industrial. Las más habituales son los incumplimientos en la entrega de suministros necesarios, incumplimientos de garantías técnicas pactadas y los incumplimientos o falta de pagos establecidos por contrato.

Se dan también,aunque en menor medida, los incumplimientos de contratos de confidencialidad. En estos casos, las indemnizaciones por vía civil dependen del perjuicio causado. El titular de una patente cuyo derecho sea lesionado podrá pedir la cesación de los actos que violen su derecho, la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, el embargo de los objetos producidos o importados con violación de su derecho y la atribución en propiedad de dichos objetos,entre otras medidas.

La indemnización de daños y perjuicios debida al titular de la patente comprenderá no sólo el valor de la pérdida que haya sufrido sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener a causa de la violación de su derecho.

El Código Penal indica que hay penas de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses para quienes, "con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de una patente o modelo de utilidad, y con conocimiento de su registro, fabriquen, importen, posean, utilicen, ofrezcan o introduzcan en el comercio objetos amparados por tales derechos".

Otros pleitos se dirimen en los tribunales por la infracción de derechos de patentes registradas. En este ámbito se encuentra el caso reciente de Frigo (Unilever). El Tribunal Supremo le reconoció el derecho a percibir una suculenta indemnización por parte de un competidor, que fabricó y comercializó una tarta idéntica al a conocida Comtessa. O el de Angulas Aguinaga: en el que el juez reconoció el derecho de esta empresa a recibir una indemnización por parte de otro competidor, que había infringido la patente La Gula del Norte.

El sector de las compañías farmacéuticas se lleva muchos titulares en este mundo de las patentes, ya que habitualmente los grandes laboratorios se enzarzan en peleas legales por el rico mercado de los productos farmacéuticos. Aunque una empresa le copie a otra la fórmula de un medicamento, las disputas se acaban resolviendo en muchas ocasiones en pactos previos a juicio.

Según Sanz: "Mediante la adopción de medidas cautelares, se puede llegar a retirar del mercado el producto infractor de la patente, algo que permite interrumpir el delito y forzar una eventual negociación".

Los españoles siempre han sido considerados inventores de éxito. Incluso en época de restricciones económicas y tecnológicas ha habido una gran capacidad creativa. Inventores españoles han creado instrumentos tan útiles como la fregona o el sacacorchos, métodos de transporte como el submarino o el trasbordador y juegos tan entretenidos como el futbolín.

En el campo infantil, de creación española ha sido la sillita para bebés, un pañal que detecta infecciones y un coche de bebés salvapeldaños.También hay quien ha inventado un práctico avisador para vehículos mal aparcados, o aparatos para seleccionar la llamada más barata.Ya no se puede decir aquello que comentaba Miguel de Unamuno cuando, preguntado en una ocasión sobre cómo potenciar la contribución española al avance científico, su irónica respuesta fue "que inventen ellos".

 

 

PATENTAR PASO A PASO

 

Búsqueda:es necesario empezar cerciorándose de que no existe una invención igual o similar a la nuestra. Por eso se encarga una búsqueda en una base de datos profesionales que nos certifica que la invención tiene novedad mundial y actividad inventiva.

Redacción: un redactor experto escribe una memoria y unas reivindicaciones en colaboración con el inventor que vienen a justificar la invención. De esta manera se garantiza la máxima protección del invento.

Solicitud prioritaria:el solicitante, bien por sí mismo, bien a través de una Agencia de la Propiedad Industrial, presenta una solicitud de patente española para crear el derecho internacional de prioridad.

Extensión al extranjero: en los 12 meses de prioridad que da la solicitud de patente, hay que extender la protección a los países deseados, en caso de naciones europeas se usa la vía de la patente europea. Validación y mantenimiento: para consolidar y mantener este derecho hay que pagar tasas anuales y traducciones.