La patente se enreda en la burocracia

27 mar 2014

La obtención de una patente resulta imprescindible para proteger las invenciones y obtener rentabilidad de los años invertidos en investigación y desarrollo.Eso sí, el proceso puede resultar largo y costoso, por lo que conviene asesorarse y aprovechar las ayudas financieras que cada año otorga la Administración.

Concientes de la importancia de mirar al futuro y de diferenciarse en el competitivo mercado global, las empresas han emprendido una decidida apuesta por la innovación.Ahora bien, para garantizarse la rentabilidad del esfuerzo en Investigación y Desarrollo (I+D) es preciso contar con la cobertura legal apropiada: una patente.

En términos jurídicos, una patente otorga un monopolio de 20 años a su propietario. Éste puede impedir a terceros la importación, utilización, comercialización o fabricación del producto o proceso protegido”, puntualiza Gerardo Penas, jefe de la Unidad de Información Tecnológica del Departamento de Patentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

“A cambio –sigue-, el titular de la invención permite que ésta se divulgue de tal manera que la sociedad pueda beneficiarse de esos conocimientos tecnológicos, investigar sobre ellos y fomentar su desarrollo tecnológico

Mayor rendimiento

Basada en la ley 11/1986 de 20 de marzo, de “Patentes de Invención y Modelos de Utilidad,“ esta protección “contribuye a recuperar los gastos y obtener un mayor rendimiento de las inversiones”, apunta, por su parte,Clara Berenguer,abogado socia de BCN Patmark, una firma especializada en el asesoramiento y gestión en materia de propiedad industrial.

Para obtener una patente, el objeto de la misma debe tratarse de una novedad absoluta a escala mundial y ha de tener siempre un carácter industrial (no se pueden patentar fotografías u obras literarias).

En el caso de aquellas invenciones de menor rango o que sean novedosas sólo en España existen los llamados modelos de utilidad, que otorgan una protección similar a las de las patentes por un periodo de hasta diez años “Cubren, por ejemplo, los casos en los que se da a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica”, dice Clara Berenguer.

Un proceso complicado

La obtención de una patente o un modelo de utilidad puede convertirse en un verdadero quebradero de cabeza para las empresas: el procedimiento incluye rellenar formularios, preparar informes y presentar descripciones y cuidadosos dibujos; además, el conjunto del proceso puede demorarse entre 26 y 36 meses, según Berenguer.

Hay que ser conscientes de que se trata de la concesión de un monopolio y de que tiene enormes consecuencias económicas sobre la sociedad en general. Por lo tanto, la administración encargada de los trámites, en este caso, la Oficina Española de Patentes y Marcas, ha de ser especialmente cuidadosa y exigente en cuanto a la determinación del verdadero alcance de la invención”, argumenta Gerardo Penas.

Para superar todos los trámites sin grandes traumas, lo habitual es contar con el asesoramiento de un Agente Oficial de Propiedad Industrial o un Mandatario, generalmente un abogado con experiencia en Derecho de la Propiedad Industrial. Y es que la OEPM tan sólo proporciona cobertura en el territorio nacional.

Para garantizar la defensa de sus invenciones en el extranjero las empresas tienen varias opciones. La primera es acogerse al Convenio de la Unión de París, que concede un año de prioridad. “Si hoy se presenta una solicitud en España, se dispone de 365 días para presentar la solicitud en cualquier otro país firmante, que son todos los de la Organización Mundial del Comercio (OMC), otorgándole la misma fecha”.

Además, de acuerdo con Berenguer,“existe la posibilidad de efectuar depósitos de solicitudes con efectos en varios países a la vez”.En este caso se emplea el Convenio de la Patente Europea y los trámites se hacen a través de la Oficina Europea de Patentes en uno de los idiomas oficiales (inglés,francés o alemán),para lograr el reconocimiento en cada uno de los estados participantes.

Por último, una alternativa muy utilizada es el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT): mediante una única presentación se formaliza una solicitud en los 128 países más importantes desde el punto de vista comercial.

Ayuda económica

Ni que decir tiene que estos procedimientos burocráticos acarrean un coste en ocasiones elevado, sobre todo en el caso de requerir un amplio reconocimiento internacional. No obstante, las empresas cuentan con numerosas ayudas económicas por parte de la Administración.

La propia OEPM ofrece ventajosas subvenciones para internacionalizar la protección.Y, en el caso de las patentes nacionales, se benefician de cuantiosas deducciones en el Impuesto de Sociedades, previéndose el aplazamiento del pago de las tasas para solicitantes de bajos ingresos.

Mención aparte merecen las convocatorias de ayudas para patentes incluidas en el ámbito del Plan Nacional de I+D+i 2004-2007.“Esta actuación tiene como objetivo fundamental el incremento en el número de registros de patentes nacionales e internacionales y atiende a los gastos de establecimiento de las mismas y sus extensiones internacionales”, concluye Clara Berenguer.

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PATENTAR, PASO A PASO

Para lograr una patente es preciso presentar ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (o cualquier otro órgano administrativo del Estado o las comunidades autónomas que tengan suscrito convenio) una solicitud con la siguiente documentación:

✑ Una instancia dirigida al director de la Oficina Española de Patentes y Marcas. En realidad, se trata de rellenar un impreso normalizado que la OEPM proporciona previamente y donde deben constar, entre otras cosas, los datos del solicitante y del inventor.

✑ Una descripción de la invención para la que se solicita la patente. Tiene que incluir un título, la indicación del sector de la técnica al que se refiera la invención, el estado de la técnica anterior a la fecha de presentación y la explicación de la novedad de una manera clara y sencilla.

✑ Una o varias reivindicaciones, compuestas por un preámbulo donde se explica cuál es el objeto de la invención y una parte caracterizadora en la cual se exponen de manera bastante concisa las características técnicas nuevas que se desean proteger.

✑ Los dibujos a los que se refieran la descripción o las reivindicaciones cuando ello se considere necesario.

✑ Un resumen de la invención. Con una extensión máxima de 150 palabras, ha de contener una exposición concisa de la descripción, las reivindicaciones, la aplicación o solución técnica que aporta así como un dibujo representativo.

 

La Sociedad de la Información será Ley

Antes de finales de año ciudadanos y empresarios obtendrán nuevos incentivos para incorporarse al universo de las tecnologías de la información y la comunicación. El pasado mes de julio, el ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla, reveló que este organismo se encuentra preparando una nueva Ley de Impulso a la Sociedad de la Información.

Entre los compromisos anunciados destaca la creación de una línea de crédito de 485 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para facilitar la adquisición de software, equipamiento y conexiones de banda ancha mediante préstamos particulares de hasta 3.000 euros.

Además, se buscará extender la firma electrónica impulsando la optimización del marco regulador y la eliminación de posibles obstáculos, y se abrirán nuevos telecentros para fomentar el uso de Internet.